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La Categoría G permite envíos sin impuestos si eres migrante ecuatoriano, siempre que cuentes con registro oficial


En 2025, los extranjeros que residen en Ecuador tienen la posibilidad de enviar paquetes a sus familiares sin tener que pagar impuestos aduaneros, debido a las normativas oficiales implementadas por el Gobierno ecuatoriano mediante la Categoría G. Esta medida promueve la vinculación entre las familias y disminuye los gastos para aquellos que envían productos desde el extranjero.

¿Qué capacidades ofrece la Categoría G?
La Categoría G está concebida para promover el envío de migrantes y sus parientes sin objetivos comerciales. Para obtener este beneficio, se deben satisfacer algunas condiciones:

  • El paquete no debe exceder los 4 kg ni el valor de una remuneración básica unificada (USD 460 en 2025). Los productos deben ser utilizados de manera individual y sin propósitos comerciales.
  • El receptor debe ser miembro de la familia del remitente (hasta cuarto grado de parentesco). Hasta un nivel de afinidad de segundo nivel, como:
    esposo o pareja en matrimonio, padres, cuñados, yernos o nueras.

Registro obligatorio y verificación

  • Es necesario registrar de manera anticipada al pariente en la plataforma del Ministerio de Relaciones Exteriores: en este procedimiento es necesario aportar documentos tales como identificación, certificados de residencia y información del pariente.

Accede en: https://serviciopaqueteria.cancilleria.gob.ec/

  • El Ministerio verifica los datos registrados, en ocasiones mediante una videollamada con el migrante para corroborar la información.
  • Los productos bajo esta categoría están exentos de impuestos aduaneros y no poseen un límite máximo, aunque el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) tiene la facultad de realizar inspecciones si se produce un uso desmedido.

¿Cómo se obtiene y cuándo se requiere el certificado de importación?
El certificado de importación es una autorización que en ciertas situaciones la Aduana puede pedir para productos concretos, tales como alimentos, medicamentos, cosméticos o tecnología regulada.

  • El certificado no es necesario para paquetes individuales bajo las condiciones de la Categoría G, siempre y cuando los productos no sean limitados.
  • Es necesario un certificado si el paquete incluye productos regulados o destinados a uso comercial, tales como fármacos, suplementos, electrodomésticos o productos sometidos a regulación de salud.

Con estas facilidades, el Gobierno aspira a aliviar la carga financiera de las familias migrantes, promover la relación con el país y disminuir las barreras aduaneras para aquellos que envían ropa, medicamentos, tecnología o bienes personales a sus seres queridos.